ORDENANZA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, RESIDUOS Y CLIMA

Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de Participación, Residuos y Clima

La Asamblea de la Mancomunidad de Residuos Sólidos Urbanos Irati, en sesión celebrada el día 1 de diciembre de 2022, adoptó entre otros el Acuerdo de aprobación inicial de la «Ordenanza reguladora de Participación, Residuos y Clima».

Habiéndose sometido el acuerdo y texto indicado a información pública por término de treinta días hábiles (Boletín Oficial de Navarra número 6, de 10 de enero de 2023), artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, sin que conste la presentación de reclamaciones, reparos u observaciones, la ordenanza ha quedado aprobada definitivamente procediendo a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Aoiz, 28 de abril de 2023.–La presidenta, María Isabel Cañada Zorrilla.

ORDENANZA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, RESIDUOS Y CLIMA DE LA MANCOMUNIDAD RSU DE IRATI

Preámbulo

Es objeto del presente Reglamento regular, al amparo de lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local y con sujeción a la misma las formas, medios y procedimientos de información y participación de las entidades ciudadanas y población en la vida local, teniendo en cuenta la protección de los derechos individuales y colectivos de la ciudadanía, las garantías de las libertades públicas asumiendo los nuevos objetivos derivados de la declaración de emergencia climática y los nuevos marcos normativos.

Como antecedente es preciso tener en cuenta la declaración de emergencia climática decretada por el Gobierno de Navarra en 2019 que considero «La lucha contra el cambio climático es un gran reto ambiental al que se enfrenta la humanidad. Según alerta la ONU, nos encontramos en un momento decisivo en el cual los efectos del cambio climático son de alcance mundial y de una escala sin precedentes. Por ello, si no se toman medidas urgentes, será más difícil y costoso adaptarse a sus consecuencias en el futuro». El Gobierno Foral asumió la gravedad de la situación y la necesidad de hacerle frente desde las instituciones. «Por un lado para dar ejemplo a una sociedad navarra respetuosa y concienciada con el medio ambiente, cercana a las energías renovables y la movilidad sostenible y exigente con las políticas medioambientales; pero también, conscientes de que es desde las instituciones donde se deben impulsar medidas para luchar más eficazmente contra el cambio climático, en el ámbito de la mitigación y sobre todo en la adaptación».

Por ello el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente lidero, además, la elaboración de la Hoja de Ruta de Cambio Climático 2017-2030-2050 (KLINA) aprobada en enero de 2018. En ella se reconoce que las instituciones locales representan, a su vez, importantes motores en la lucha contra el cambio climático. En este sentido, el Pacto de Alcaldías por el Clima y la Energia de Navarra suma ya 73 ayuntamientos comprometidos, más del 69,4% de la población navarra. El compromiso municipal por el clima y la energía consiste, en primer lugar, en reducirlas emisiones de gases de efecto invernadero en el municipio en un 40% de aquí a 2030, en particular a través de la mejora de la eficiencia energética y un mayor uso de fuentes de energía renovables. En segundo lugar, el objetivo es aumentar la resiliencia de los entes locales mediante la adaptación a los efectos del cambio climático. En 2018 también se aprobó el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030, que marca los objetivos y líneas de actuación sobre la necesaria transición energética.

El 1 de abril de 2022 se aprobó la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética de Navarra1 que persigue lograr la neutralidad climática en Navarra para el año 2050 y para ello, la Comunidad Foral de Navarra asume el compromiso de lograr los objetivos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento europeo y del Consejo de 30 junio de 2021, que establece como objetivo vinculante la reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55% en 2030 con respecto a los niveles del año 1990. Un 5% de las emisiones de gases de efecto invernadero de España en el año 2018 corresponden al sector de los residuos, mientras que el peso aumenta al 8% dentro del conjunto de los sectores difusos. En 2018 su contribución fue de 17,3 Mt CO2e. Si se analiza desde una perspectiva histórica, las emisiones del sector han ido aumentando desde 1990, aunque se está iniciando un cambio de tendencia hacia la reducción, acorde a los objetivos de prevención y reciclado. Las emisiones procedentes de los vertederos representan más del 80% de las emisiones del sector. Para interpretar este hecho es importante tener en cuenta que los residuos orgánicos depositados en los vertederos, se van descomponiendo en condiciones anaeróbicas generando metano (CH4) durante periodos de tiempo superiores a los 20 años.

Teniendo asimismo en cuenta la experiencia en materia de ordenanzas de Clima elaboradas en el marco de la Red Española de Ciudades por el Clima para apoyar a las entidades y Gobiernos Locales a activar herramientas que les ayuden a poner en marcha políticas de lucha contra el cambio climático y alcanzar un desarrollo sostenible, en concreto la elaboración de modelo de Estrategia Local de Cambio Climático, y la elaboración de normativa local en materia de cambio climático conforme a las diversas competencias municipales relacionadas con la mitigación y/o adaptación al cambio climático, y en el caso concreto de esta ordenanza considerando las competencias propias en materia de gestión de residuos que conforme a la Ley de Residuos… asume la Mancomunidad RSU de Irati.

En los artículos 53 a 57 de la citada Ley Foral 4/2022 de Cambio Climático y Transición Energética de Navarra hace referencia a la mitigación de las emisiones en los sectores primario y de los residuos. En los artículos 58 a 60 se regulan los instrumentos para la mitigación, que son el cálculo de la huella de carbono y los planes de reducción de energía y de huella de carbono, el registro de huella de carbono, y la huella de carbono en la contratación pública.

En los artículos 71 a 80 se regulan pautas y obligaciones para la acción ejemplarizante de las administraciones públicas con compromisos en materia de edificación, movilidad, compra publica, eficiencia energética y energías renovables. Se incorporan instrumentos en el ámbito de la administración publica, como el inventario y huella de carbono, las auditorias energéticas o los planes de actuación energética para la reducción de la dependencia de combustibles fósiles.

Si bien la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad, por ser anterior, no considera estos objetivos, sin embargo, deberán incorporarse conforme a la dicha Ley 4/2022, y a la reciente Ley nacional de residuos y suelos contaminados 7/2022 que si incorpora los objetivos de mitigación como indicadores relevantes en los Planes de residuos y economía circular.

En lo relativo a economía circular la Comunidad Foral ha publicado en 2020 una Agenda para el desarrollo de la Economía Circular en Navarra con horizonte 2030 (ECNA 2030) por la sostenibilidad, la lucha contra el cambio climático y la transición a la economía circular, desde una perspectiva transversal y coherente para todas las Administraciones Publicas. Cabe recordar que el concepto de economía circular es un nuevo modelo económico que propone el aprovechamiento máximo de recursos y la generación mínima de residuos, la reducción del impacto ambiental neto y el uso de energía de fuentes renovables, y que apuesta por un sistema que cuida y optimiza el uso de materias primas. Esta Agenda está alineada con el Plan elaborado por la Comisión Europea tiene en vigor desde 2015 su Plan de Acción para la Economía Circular, que en su desarrollo hasta 2020 incluye un paquete de 54 medidas con cinco áreas prioritarias: los plásticos, el desperdicio alimentario, las materias primas críticas, la construcción y la demolición, y la biomasa y productos con base biológica.

Estos antecedentes normativos tienen por objetivo aclarar la relevancia inminente de estos objetivos relativos a la mitigación y anticipación al cambio climático entre las competencias propias de las entidades con competencias sustantivas en la gestión de residuos.

Por otro lado el Departamento de Medio Ambiente en el marco del proyecto europeo LCR4 ha participado en un proyecto de economía circular y carbono, ACR+ la campana «Más circularidad, menos carbón» («More circularity, less carbon»), en el que se ha realizado un estudio «Huella de carbono de los residuos en Navarra» sobre las emisiones de Gases de efecto invernadero de la gestión de residuos, identificando las áreas de mejora, proponiendo una reducción de las emisiones de este sector del 25% hasta 2025, y que puede servir de referente para dar información y animar a la participación a la ciudadanía más concienciada, y facilitar que esta pueda actuar con carácter consultivo para ayudar a reconducir desde la administración y competencias locales esta situación de emergencia climática en el triple sentido de mitigar, adaptar y anticipar a los efectos del cambio climático, y en general de las incertidumbres del cambio global del sistema planetario.

TÍTULO PRELIMINAR.–DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto del reglamento.

Esta Ordenanza de Participación, Residuos y Clima tiene por misión hacer converger varios de los objetivos de que se ha dotado la administración foral y local, en relación a la lucha contra el cambio climático, la mejora y circularidad en la gestión de residuos y la necesaria implicación de la población de los Municipios integrantes de la Mancomunidad RSU de Irati, procurando marcar objetivos e indicadores técnicos, e hitos y actividades de carácter social y vecinal para avanzar en la mitigación, adaptación y anticipación al cambio climático, y en particular mejorar la circularidad de los diferentes flujos de materiales de consumo doméstico y comercial que son competencia de la Mancomunidad y campo de decisión autónoma de la población.

Para ello es necesario implementar y acompañar y cuidar de un mecanismo de participación que sirva de estímulo y dialogo entre la administración y ciudadanía para abordar los retos de la emergencia climática, así como crear cauces de diálogos entre la misma población de cara a crear una línea de pensamiento y acción vecinal que contribuya a una conciencia sobre la necesidad de la implicación y el compromiso de todas las personas y avanzar en los nuevos objetivos de gestión de residuos, economía circular y cambio climático compatible con una nueva gobernanza local de los retos globales.

Este mecanismo de participación se denomina Asamblea Vecinal de Circularidad y Clima AVCC.

Artículo 2.–Objetivos.

Con este reglamento la Mancomunidad RSU de Irati pretende conseguir los siguientes objetivos básicos:

–Facilitar la participación de los vecinos/as en las entidades de gestión de residuos, incrementando las posibilidades de una economía circular y la mitigación y anticipación ante el cambio climático y global,

–Respetando las facultades de decisión que corresponden a los órganos representativos regulados por las leyes.

–Hacer efectivos los derechos de la población recogidos en el artículo 18 de la Ley de Bases del Regimen Local.

–Facilitar la más amplia información sobre la gestión de residuos, su impacto sobre el clima, implementar desde la participación nuevas estrategias y técnicas de sensibilización ciudadana y el diseño y organización de actividades, todo ello dentro de las competencias que pueda desarrollar la Mancomunidad para contribuir a medidas efectivas ante el Cambio Climático y otros aspectos del cambio global como la contaminación por fertilizantes, reducir la pérdida de biodiversidad y proteger la presente, entre otros.

–Fomentar la vida asociativa, social y cultural en el ámbito de la Mancomunidad RSU de Irati, contribuyendo a reforzar la participación vecinal y el tejido asociativo fomentando medidas de coordinación entre ellas.

–Garantizar la solidaridad y el equilibrio entre los diferentes municipios y localidades de la Mancomunidad.

–Fomentar la participación garantizando la igualdad de oportunidades de toda la población para acceder a esta participación, y defender y fomentar la convivencia, el dialogo y la interculturalidad.

–Promover la convivencia y el civismo a través del conocimiento de la gestión de la Mancomunidad y la corresponsabilidad en los asuntos públicos relativos a la prevención, gestión y tratamiento de residuos del modo más económico ecológico, bajo en carbono, y sostenible posible.

–Promover la autonomía y responsabilidad ciudadana y climática de la población.

Artículo 3. Medios y ámbito de aplicación.

1.–Los mecanismos que se articulan a tal efecto son los siguientes:

–El derecho a la información de los pueblos en relación con los datos de prevención, gestión y tratamiento de residuos, y de mitigación y anticipación al cambio climático.

–El derecho de iniciativa, de petición y de propuesta por parte de la población.

–La consulta popular, mediante sistemas on line.

–La creación de un órgano de participación: asamblea vecinal de circularidad y clima.

2.–El ámbito de aplicación de la normativa sobre participación ciudadana incluye a todos los vecinos/as inscritos/as en el Padrón de los Municipios integrantes de la Mancomunidad RSU de Irati, así como las Entidades y Asociaciones ciudadanas constituidas para defensa, fomento y mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos y vecinas, o entidades de ámbito foral que se consideren concernidas por la gravedad de los retos relacionados con el clima y el cambio global.

TÍTULO II.–DEL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN

Artículo 4. De la naturaleza de la asamblea vecinal de circularidad y clima.

  1. La asamblea vecinal de circularidad y clima será el órgano de participación de la Mancomunidad RSU de Irati, con enfoque:

–De información y formación sobre temas de gestión de residuos y mitigación y anticipación, deliberativo y de debate,

–Ponderativo con carácter consultivo.

  1. La asamblea servirá para:

–Informar y formar en diferentes ámbitos de gestión de datos y de conocimiento, presentar resultados y propuestas por parte de la Mancomunidad, y propuestas propias por parte de la ciudadanía,

–Establecer un espacio de deliberación conjunta entre representantes de la Mancomunidad y entre personas de diferentes perfiles, edades, identidades y procedencias territoriales, y adscripciones.

–Tras las deliberaciones las propuestas podrán ser ponderadas siendo el resultado de las mismas de carácter consultivo para la Comisión Permanente y/o la asamblea de la Mancomunidad.

  1. Este foro se convocará por parte de la Mancomunidad RSU de Irati, de la que depende exclusivamente este órgano de participación, con una antelación mínima de quince días, y adjuntando el orden del día propuesto y los informes técnicos que requiera.

Se establece un número mínimo de 11 personas para iniciar o mantener su funcionamiento, y un número óptimo de 22 personas, dos por municipio, que, a título individual empadronadas, o asociativo, que soliciten o sean invitadas a participar. La invitación a participar se realizará por parte de la Mancomunidad o de sus municipios integrantes, y se determinará mediante acuerdo de las personas, o por sorteo entre los solicitantes dentro de los plazos anuales establecidos para la incorporación en el reglamento interno. En general en el periodo de un mes antes de la asamblea de cierre anual.

La participación tiene carácter rotatorio entre personas, con un periodo mínimo de 1 año y máximo de 2 años por persona. Las participaciones colectivas podrán mantenerse con la condición de rotación de sus representantes.

  1. El registro de personas integrantes, y en su caso de entidades representadas se establecerá anualmente en el libro de registro de la asamblea de la Mancomunidad RSU de Irati (Ver ANEXO II).
  2. La asamblea vecinal dispondrá de dos figuras elegidas:

–Una presidencia elegida entre las personas inscritas, que, con carácter bianual, será responsable de conducir, facilitar, abrir y cerrar las sesiones, firmar las actas, y mantener la interlocución directa con la presidencia y con la comisión permanente de la Mancomunidad RSU de Irati.

–Una secretaria elegida entre las personas inscritas, que, con carácter anual, será responsable de recoger por escrito las principales deliberaciones, propuestas y decisiones que la asamblea remitirá a la comisión permanente.

  1. La Mancomunidad RSU de Irati, y en su nombre la presidencia de la mancomunidad, velara especialmente por el correcto funcionamiento de los cauces de participación ciudadana establecidos en la presente ordenanza y por las adecuadas relaciones entre los órganos de participación previstos en el mismo y con los Ayuntamientos, adoptando al efecto las medidas que estime oportunas, colaborando con los mismos en todo aquello para lo que sea requerida e informándoles puntualmente de cuantas decisiones pudieran afectarles.

Artículo 5. Del derecho a la participación individual.

Las personas interesadas en participar en la asamblea vecinal de circularidad y clima podrán:

–Solicitar su participación mediante la solicitud de incorporación (ver Anexo I), que será a título individual, asumiendo que la participación nominal que se recoge en el libro de registro (ver Anexo II) será con carácter temporal, por un máximo de dos años, y un mínimo de un ano.

–Cualquier persona podrá asistir a las sesiones de la asamblea, como oyentes con derecho a turno de palabra al concluir la misma.

–Las asambleas se anunciarán en la página web de la Mancomunidad con una antelación de tres meses.

–La no participación entre asambleas implicara la baja automática de la misma de la persona, recogiéndose la baja y la dicha causa en el libro de registro.

–La vía de comunicación no presencial de la asamblea entre convocatorias presenciales será el correo electrónico asambleairati@gmail.com.

ANEXO I.–HOJA DE SOLICITUD

D/Dña …………………………………………………………………….. con DNI/NIE ……………………….. residente empadronado en el municipio/valle de ………………………………………. de la Mancomunidad RSU de Irati.

Manifiesta:

–Tener interés en participar en la asamblea vecinal de circularidad y clima recogida en la Ordenanza de Participación Ciudadana.

–Participar durante el periodo de (uno o dos) años (tachar lo que no proceda).

–Acogerse al criterio de selección aleatoria para incorporarse a la asamblea entre las otras personas solicitantes.

–Comprometerse de acuerdo a la disponibilidad, a participar en las tres asambleas anuales, y en los procesos y campanas que la asamblea de modo soberano establezca para dar cumplimiento a los objetivos de la misma.

–Que participa a modo individual, y/o en representación (tachar lo que no proceda) de la entidad/asociación/plataforma: ………………………………………………………..

ANEXO II.–LIBRO DE REGISTRO

Nombre y datos de la persona/Municipio al que representa:

Criterio de incorporación (sorteo, acuerdo, etc.):

Fecha de inicio de la participación en la asamblea fecha de salida de la asamblea observaciones:

ANEXO III.–ORDEN DEL DÍA TIPO DE LA ASAMBLEA VECINAL DE CIRCULARIDAD Y CLIMA

1.–Lectura y aprobación del acta de la asamblea anterior.

2.–Sobre las personas integrantes y representantes. (nuevas incorporaciones y salidas si las hubiera, elección en su caso de presidencia y secretaria).

3.–Informes técnicos (por parte de personas/organizaciones invitadas, técnicos de la mancomunidad, consorcio u otras entidades especializadas en economía circular, gestión de residuos o cambio climático/global).

4.–Contenido deliberativo (en su caso).

5.–Esquema ponderativo (en su caso).

6.–Propuestas, conclusiones, clausura y fecha y orden del día de la nueva convocatoria presencial.

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